LFT ley laboral Titulo QUINCE - Procedimientos de Ejecución › Capitulo I › Seccion SEGUNDA - Del procedimiento del embargo Artículo 953 - LFT Párrafo 1 Las diligencias de embargo no pueden suspenderse. El actuario resolverá las cuestiones que se susciten. Artículo adicionado DOF 04-01-1980