LFT
ley
laboral
Titulo QUINCE - Procedimientos de Ejecución › Capitulo I › Seccion PRIMERA - Disposiciones Generales
Artículo 940 - LFT
Párrafo 1
La ejecución de las sentencias y convenios a que se refiere el artículo 939 de esta Ley corresponde a los Tribunales, a cuyo fin dictarán las medidas necesarias para que la ejecución sea pronta y expedita.
Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019