LFT ley laboral Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo VIII - De los Exhortos y Despachos Artículo 756 - LFT Párrafo 1 En los exhortos que deban ser diligenciados dentro de la República Mexicana, no se requiere la legalización de firmas de la autoridad que los expida. Artículo reformado DOF 04-01-1980