LFT
ley
laboral
Titulo CATORCE - Derecho Procesal del Trabajo › Capitulo II - De la Capacidad, Personalidad y Legitimación
Artículo 691 - LFT
Párrafo 1
Los menores trabajadores tienen capacidad para comparecer a juicio sin necesidad de autorización alguna; pero, en caso de no estar asesorados en juicio, el Tribunal solicitará la intervención de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para tal efecto. Tratándose de menores de 16 años, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo les designará un representante cuando no lo tuvieren.
Párrafo reformado DOF 01-05-2019