LFT ley laboral Titulo SEPTIMO - Relaciones Colectivas de Trabajo › Capitulo IV - Contrato Ley Artículo 411 - LFT Párrafo 1 La convención será presidida por el titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o por el representante que al efecto éste designe. Párrafo reformado DOF 09-04-2012, 01-05-2019 Párrafo 2 La convención formulará su reglamento e integrará las comisiones que juzgue conveniente.