LFT ley laboral Titulo SEPTIMO - Relaciones Colectivas de Trabajo › Capitulo II - Sindicatos, federaciones y confederaciones Artículo 383 - LFT Párrafo 1 Los estatutos de las federaciones y confederaciones, independientemente de los requisitos aplicables del artículo 371, contendrán: Fraccion I I. Denominación y domicilio y los de sus miembros constituyentes; Fraccion II II. Condiciones de adhesión de nuevos miembros; y Fraccion III III. Forma en que sus miembros estarán representados en la directiva y en las asambleas.