LFT
ley
laboral
Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo XIII - Personas Trabajadoras del Hogar
Artículo 331 Ter - LFT
Párrafo 1
Fraccion III
Fraccion X
Párrafo 12
Párrafo 13
Párrafo 14
Párrafo 15
Párrafo 16
Queda prohibida todo tipo de discriminación, en términos de los artículos 1°. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1, fracción III de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en todas las etapas de la relación laboral y en el establecimiento de las condiciones laborales, así como cualquier trato que vulnere la dignidad de las personas trabajadoras del hogar.
Artículo adicionado DOF 02-07-2019