Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo XI - Trabajadores actores y músicos
Artículo 307 - LFT
Párrafo 1
No es violatoria del principio de igualdad de salario, la disposición que estipule salarios distintos para trabajos iguales, por razón de la categoría de las funciones, representaciones o actuaciones, o de la de los trabajadores actores y músicos.