Titulo SEXTO - Trabajos Especiales › Capitulo IX - Agentes de comercio y otros semejantes
Artículo 286 - LFT
Párrafo 1
El salario a comisión puede comprender una prima sobre el valor de la mercancía vendida o colocada, sobre el pago inicial o sobre los pagos periódicos, o dos o las tres de dichas primas.