RMF
resolucion
fiscal
Titulo 5 - Impuesto especial sobre producción y servicios › Capitulo 5.2 - De las obligaciones de los contribuyentes
Regla 5.2.40 - RMF — Etiquetas o contraetiquetas de bebidas alcohólicas envasadas que se destinen a la exportación
Referencias legales
LIEPS 19, RLIEPS 15
LIEPS 19 RLIEPS 15
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 15, primer párrafo del Reglamento de la Ley del IEPS, los contribuyentes que exporten bebidas alcohólicas, podrán adherir a los envases que las contengan, etiquetas o contraetiquetas con los datos de identificación de sus representantes comerciales en o para el país de importación, en lugar de aquellos del importador.