RMF
resolucion
fiscal
Titulo 4 - Impuesto al valor agregado › Capitulo 4.6 - De la exportación de bienes y servicios
Regla 4.6.7 - RMF — Enajenación de bienes intangibles a personas físicas residentes en el extranjero
Referencias legales
LIVA 29
LIVA 29
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 29, fracción II de la Ley del IVA, los contribuyentes residentes en el país que enajenen bienes intangibles a personas físicas residentes en el extranjero se considera que la enajenación fue contratada y pagada por un residente en el extranjero cuando cumpla con lo siguiente: