RMF
resolucion
fiscal
Titulo 4 - Impuesto al valor agregado › Capitulo 4.1 - Disposiciones generales
Regla 4.1.3 - RMF — No retención del IVA por la Federación y sus organismos descentralizados
Referencias legales
LIVA 3o.
LIVA 3o.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 3o., tercer párrafo de la Ley del IVA, la Federación y sus organismos descentralizados, no estarán a lo establecido por el citado artículo, por las erogaciones que efectúen por concepto de adquisición de bienes o prestación de servicios, siempre que el monto del precio o de la contraprestación pactada no rebase la cantidad de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.).