RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.9 - De las obligaciones de las personas morales
Regla 3.9.5 - RMF — Opción para el operador que administre cuentas globales de operaciones financieras derivadas para asumir la obligación de retener el ISR
Referencias legales
LISR 146, 163, CFF 26
LISR 146 163 CFF 26
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 146 y 163 de la Ley del ISR, el operador que administre cuentas globales podrá asumir la obligación de retener el ISR que, en su caso, corresponda a los intereses o las ganancias que provengan de las operaciones financieras derivadas de deuda o de capital que se realicen a través de dichas cuentas, siempre que el operador manifieste que asume dicha obligación solidaria en términos del artículo 26, fracción VIII del CFF, conforme a la ficha de trámite 63/ISR “Aviso para asumir la obligación de retener el ISR que, en su caso, corresponda a los intereses o las ganancias que provengan de las operaciones financieras derivadas de deuda o de capital que se realicen a través de cuentas globales”, contenida en Anexo 2.