RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.9 - De las obligaciones de las personas morales
Regla 3.9.15 - RMF — Pagos provisionales para personas morales del régimen general de ley
Referencias legales
LISR 14, CFF 17-D, 17-H, 69, RMF 2.8.3.1.
LISR 14 CFF 17-D 17-H 69 RMF 2.8.3.1.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 14 de la Ley del ISR, las personas morales deberán efectuar sus pagos provisionales mensuales del ejercicio mediante la presentación de la declaración ISR personas morales, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1.
Párrafo 2
Párrafo 3
Párrafo 4
Párrafo 5
Párrafo 6
Las personas morales que se ubiquen en los supuestos señalados en el artículo 17-D, sexto párrafo del CFF, podrán realizar el envío de su declaración mensual de pago provisional, en cualquier ADSC, previa cita registrada en el Portal del SAT, asumiendo la responsabilidad del envío de su declaración a través de ese medio.