RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.5 - De las Instituciones de Crédito y de Seguros y Fianzas, Almacenes
Regla 3.5.15 - RMF — Cuentas abiertas a nombre de un comisionista
Referencias legales
LISR 55
LISR 55
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 55, fracción IV de la Ley del ISR, los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas de depósito a la vista de comisionistas o de administradores de comisionistas que actúen a nombre y por cuenta de instituciones de crédito, se entenderán efectuados a la institución comitente con la que estos hayan celebrado el contrato de comisión mercantil respectivo, hasta por el monto equivalente a los depósitos en efectivo que dicha institución reciba para abono en cuentas de sus clientes, a través de los citados comisionistas o administradores de comisionistas.