RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.3 - De las deducciones
Regla 3.3.1.16 - RMF — Características de monederos electrónicos de vales de despensa
Referencias legales
LISR 27, RMF 3.3.1.15.
LISR 27 RMF 3.3.1.15.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 27, fracción XI, primer párrafo de la Ley del ISR, se entenderá como monedero electrónico de vales de despensa, cualquier dispositivo tecnológico que se encuentre asociado a un sistema de pagos, que proporcione los servicios de liquidación y compensación de los pagos que se realicen entre los patrones contratantes de los monederos electrónicos, los trabajadores beneficiarios de los mismos, los emisores autorizados de los monederos electrónicos y los enajenantes de despensas.