RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.2 - De los Ingresos
Regla 3.2.23 - RMF — Determinación para fondos de inversión de renta variable de la ganancia por la enajenación de títulos que no estén listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones y de la variación en la valuación de las acciones representativas del fondo de inversión de renta variable, correspondiente a personas físicas
Referencias legales
LISR 87, 161
LISR 87 161
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 87, noveno párrafo y 161, décimo tercer párrafo de la Ley del ISR, los fondos de inversión de renta variable deberán determinar diariamente en la parte que corresponda a personas físicas, la ganancia por la enajenación de títulos que no coticen en el Sistema Internacional de Cotizaciones, así como la variación en la valuación de las acciones representativas del fondo de inversión de renta variable, conforme a lo siguiente:
Fraccion I
Fraccion II
Fraccion III
Fraccion IV
Fraccion V
V. Para determinar la proporción diaria correspondiente a la ganancia o pérdida de personas físicas por la enajenación de títulos y por la variación en la valuación, se dividirá el resultado obtenido conforme a la fracción II, entre el valor total de la cartera accionaria del referido fondo de inversión de renta variable, y