Regla 3.18.31 - RMF — Intereses pagados a residentes en el extranjero en operaciones derivadas estandarizadas

Referencias legales

LISR 166, RMF 3.1.12., 3.4.1., 3.5.3., 4.3.8., Reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación de un mercado de futuros y opciones cotizados en bolsa DOF 31/12/1996

LISR 166 RMF 3.1.12. 3.4.1. 3.5.3. 4.3.8. Reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación de un mercado de futuros y opciones cotizados en bolsa DOF 31/12/1996