RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.18 - De los residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente
Regla 3.18.28 - RMF — Entidades de Financiamiento para efectos de los convenios para evitar la doble imposición con la República Federal de Alemania, el Gobierno de Canadá, el Estado de Israel, el Japón, la República Popular China y el Reino de Noruega
Referencias legales
Convenios para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de ISR, entre los Estados Unidos Mexicanos, y la República Federal de Alemania, el Gobierno de Canadá, el Estado de Israel, el Japón, la República Popular China o el Reino de Noruega.
Convenios para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de ISR entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federal de Alemania el Gobierno de Canadá el Estado de Israel el Japón la República Popular China o el Reino de Noruega.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 11 de los Convenios celebrados entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federal de Alemania, el Gobierno de Canadá, el Estado de Israel, el Japón, la República Popular China o el Reino de Noruega, para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de ISR, respectivamente, se estará a lo siguiente:
Fraccion I
I. En el caso de la República Federal de Alemania debe considerarse al Deg- Deutsche Investitions Und Entwicklungsgesellchaft Mbh, al Kreditanstalt Für Wiederaufbau (KFW) y al Euler Hermes Kreditversicherungs A.G., como las entidades de financiamiento a que se refiere el apartado 4, inciso c, cuyo objeto es promover la exportación o el desarrollo.