RMF
resolucion
fiscal
Titulo 3 - Impuesto sobre la renta › Capitulo 3.13 - Del Régimen Simplificado de Confianza
Regla 3.13.14 - RMF — Entero de retenciones realizadas a las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza
Referencias legales
LISR 113-J, CFF 31, RMF 2.8.3.1.
LISR 113-J CFF 31 RMF 2.8.3.1.
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 113-J de la Ley del ISR, las personas morales deberán realizar el entero del ISR retenido a través de la presentación de la declaración R14 “Retenciones por servicios profesionales/Régimen Simplificado de Confianza”, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1.