RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.8 - Contabilidad, declaraciones y avisos
Regla 2.8.1.10 - RMF — Declaraciones aprovechamientos en materia de agua
Referencias legales
CFF 31, Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica 14
CFF 31 Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica 14
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 31 del CFF, los contribuyentes obligados a efectuar el pago de contribuciones y/o aprovechamientos en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, utilizarán el Sistema de Declaraciones y Pago Electrónico “Declar@gua”, que se encuentra disponible en la página de Internet https://declaragua.conagua.gob.mx/Declaragua/Home/LoginSSO?ReturnUrl=%2fDeclaragua %2f, para lo cual deberán estar a lo siguiente:
Fraccion II
Párrafo 4
Párrafo 5
Párrafo 6
Las personas físicas tendrán la opción de hacer el pago en ventanilla bancaria o vía Internet, y las personas morales deberán hacer el pago vía Internet, a través de la banca electrónica de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE, publicadas en el Portal del SAT. Una vez que se haya realizado el pago, las instituciones de crédito autorizadas emitirán como comprobante el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales”.