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Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.7 - De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura
Regla 2.7.2.10 - RMF — Verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones para el proveedor de certificación de CFDI
Referencias legales
CFF 29, 29 Bis, RMF 2.7.2.8., 2.7.2.9., 2.7.2.11., 2.7.2.12., 2.7.2.14.
CFF 29 29 Bis RMF 2.7.2.8. 2.7.2.9. 2.7.2.11. 2.7.2.12. 2.7.2.14.
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción IV y 29 Bis del CFF, el SAT a través de la ACSMC de la AGCTI, podrá realizar en cualquier momento la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones relacionadas con tecnologías de la información, confidencialidad, integridad y disponibilidad, así como autenticidad y trazabilidad, elementos de la seguridad de la información, establecida para los proveedores de certificación de CFDI, así como realizar la verificación de los requisitos que correspondan a los proveedores de certificación de CFDI que operen también en el esquema de PCECFDI a que se refiere la regla 2.7.2.14. y las obligaciones de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI, establecidas en la regla 2.7.2.9.
Párrafo 2
Dicha verificación también será aplicable a los proveedores que operen en el esquema de PCECFDI a que se refiere la regla 2.7.2.14., a efecto de que continúen autorizados para operar.
Párrafo 3
Fraccion III
Fraccion IV
IV. De encontrarse incumplimientos, se notificará el oficio de requerimiento para solventar incumplimientos detectados, en el que se le otorgará un plazo de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de dicho oficio, para que el proveedor presente escrito, con la información o documentación que solvente los incumplimientos detectados, de conformidad con la ficha de trámite 155/CFF “Informe para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como Proveedor de Certificación de CFDI y como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario”, contenida en el Anexo 2.