RMF
resolucion
fiscal
Titulo 2 - Código Fiscal de la Federación › Capitulo 2.2 - De los medios electrónicos
Regla 2.2.1 - RMF — Valor probatorio de la Contraseña
Referencias legales
CFF 17-D, 17-H, 17-H Bis, 27
CFF 17-D 17-H 17-H Bis 27
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos, conformada por la clave en el RFC del contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la cual podrá cambiarse a través de las opciones, por medios electrónicos, que el SAT disponga para tales efectos.
Párrafo 2
Párrafo 3
Párrafo 4
La solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña deberá realizarse de conformidad con las fichas de trámite 12/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas” y 13/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas morales”, contenidas en el Anexo 2.
Párrafo 5
Al presentar el trámite de manera presencial, el SAT podrá requerir información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y en general la situación fiscal de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas entregando el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal”.
Párrafo 6
Los solicitantes a quienes se requiera información y documentación de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, tendrán un plazo de seis días contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, para que aclaren y exhiban la información o documentación requerida, de conformidad con la ficha de trámite 20/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”, contenida en el Anexo 2, en la ADSC en la que iniciaron el citado trámite o a través de los medios electrónicos que, en su caso, determine el SAT.
Párrafo 7
Párrafo 8
Párrafo 9
Cuando la aclaración haya sido procedente, el contribuyente deberá generar, actualizar o renovar la Contraseña utilizando su e.firma a través del Portal del SAT, conforme a la ficha de trámite 13/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas morales”, contenida en el Anexo 2, a excepción de las empresas con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, quienes deberán acudir a las oficinas del SAT, conforme al procedimiento señalado en la citada ficha de trámite.
Párrafo 10
Párrafo 11
Cuando el trámite se realice vía internet y el SAT identifique que es necesario requerir al contribuyente información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y en general la situación fiscal de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas no se otorgará la Contraseña, a efecto de que el contribuyente comparezca previa cita ante alguna ADSC, se le haga entrega del “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal” y cumpla con el procedimiento antes descrito.
Párrafo 12
Las personas físicas mexicanas mayores de edad inscritos en el RFC, podrán presentar la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña a través del servicio SAT ID, de conformidad con la ficha de trámite 12/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas”, contenida en el Anexo 2.
Párrafo 13
Párrafo 14
Los contribuyentes personas físicas menores de edad inscritos en el RFC, podrán presentar la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña a través del Portal del SAT, utilizando su certificado de e.firma activa conforme a la ficha de trámite 12/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas”, contenida en el Anexo 2.