RMF
resolucion
fiscal
Titulo 11 - Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones › Capitulo 11.6 - De las Reglas de Operación para la aplicación del estímulo fiscal a que
Regla 11.6.1 - RMF — se refiere el “Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el Estímulo fiscal a los contribuyentes que enajenen gasolina y diésel a los integrantes del sector pesquero y agropecuario
Referencias legales
LIEPS 2o., Acuerdo DOF 30/12/2015
LIEPS 2o. Acuerdo DOF 30/12/2015
Párrafo 1
Fraccion I
Fraccion II
II. Enajenen gasolina o diésel a personas que cuenten con permisos expedidos por la CNE, para el expendio al público de petrolíferos en estaciones de servicio, y que en su carácter de distribuidores autorizados por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), o por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), enajenen los citados combustibles a los integrantes del sector pesquero o agropecuario inscritos en el Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios que lleva CONAPESCA o en el Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario que lleva la SADER, respectivamente.