RMF
resolucion
fiscal
Titulo 11 - Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones › Capitulo 11.11 - Del Decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes
Regla 11.11.5 - RMF — Pagos provisionales del ISR de personas morales en el Régimen Simplificado de Confianza que obtuvieron la constancia a que se refiere el Decreto PODEBI
Referencias legales
CFF 31, Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Sexto, Séptimo
CFF 31 Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Sexto Séptimo
Párrafo 1
Para los efectos de los artículos Sexto, quinto párrafo y Séptimo, sexto párrafo del Decreto a que se refiere este Capítulo, las personas morales que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza en los términos del Título VII, Capítulo XII de la Ley del ISR y apliquen en sus pagos provisionales los estímulos establecidos en las citadas disposiciones, deberán presentar los pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio a través de la presentación de la declaración “ISR Personas Morales. Régimen Simplificado de Confianza Personas Morales PODEBI”, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel al que corresponda el pago.