Titulo II - De las Personas Morales Disposiciones Generales › Capitulo I - De los Ingresos
Artículo 22 - RLISR
Párrafo 1
Para efectos del artículo 19 de la Ley, cuando el monto original de la inversión actualizado sea mayor que el ingreso obtenido por la enajenación de los bienes a que se refiere dicho artículo, la diferencia será la pérdida que los contribuyentes podrán deducir en términos de la Ley.