Titulo PRELIMINAR › Capitulo SEGUNDO - De la Información a los Trabajadores
Artículo 11 - RLFT
Párrafo 1
Los trabajadores podrán solicitar a la unidad administrativa competente del Servicio de Administración Tributaria, los servicios de orientación sobre la información que contenga la declaración anual del impuesto sobre la renta, para efectos de objetar los renglones que consideren pertinentes.