RCFF
reglamento
fiscal
Titulo IV - De los Procedimientos Administrativos › Capitulo I - De las Notificaciones y la Garantía del Interés Fiscal
Artículo 86 - RCFF
Párrafo 1
Para los efectos del artículo 141, fracción V del Código, los contribuyentes que hayan optado por corregir su situación fiscal, que espontáneamente paguen sus créditos fiscales a plazo y elijan ofrecer como garantía del crédito fiscal el embargo en la vía administrativa de la negociación, deberán presentar una solicitud acompañada de la copia del documento por el que ejercieron la opción de pago a plazo del crédito fiscal de que se trate.