Titulo SEGUNDO - AFILIACIÓN › Capitulo III - DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS TRABAJADORES
Artículo 51 - RACERF
Párrafo 1
Para efectos de la determinación de las percepciones base de cotización de los socios de las sociedades cooperativas, se aplicarán las reglas previstas en la fracción II del artículo 30 de la Ley.