Titulo SÉPTIMO - IMPOSICIÓN DE MULTAS › Capitulo ÚNICO - DE LAS MULTAS
Artículo 193 - RACERF
Párrafo 1
La unidad administrativa que conozca la solicitud resolverá en un plazo no mayor a diez días hábiles, contados a partir de la presentación de dicha solicitud, considerando la justificación y los documentos presentados. La resolución que recaiga a la solicitud será notificada al patrón.