LSS
ley
laboral
Titulo CUARTO - DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL › Capitulo IV - DE LA COMISION DE VIGILANCIA
Artículo 266 - LSS
Fraccion I
Fraccion II
II. Practicar la auditoría de los balances contables y al informe financiero y actuarial a que se refiere el artículo 261 de esta Ley, así como comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto;
Fracción reformada DOF 20-12-2001
Fraccion III
Fraccion IV
IV. Presentar ante la Asamblea General un dictamen sobre el informe de actividades y los estados financieros presentados por el Consejo Técnico, para cuyo efecto éstos le serán dados a conocer con la debida oportunidad;
Fracción reformada DOF 20-12-2001
Fraccion V
Fracción reformada DOF 20-12-2001