LINFONAVIT
ley
laboral
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Artículo 70 - LINFONAVIT
Párrafo 1
El Instituto, su empresa filial y fideicomisos, no será sujeto de contribuciones federales, salvo los derechos de carácter federal correspondientes a la prestación de servicios públicos. El Instituto cubrirá el pago de los impuestos y derechos de carácter municipal, en las mismas condiciones en que deben pagar los demás contribuyentes, salvo aquellas contribuciones a que se refiere el artículo 44 de esta Ley.
Artículo adicionado DOF 06-01-1997. Reformado DOF 21-02-2025