LIF
ley
fiscal
Titulo PRELIMINAR › Capitulo IV - Otras Disposiciones
Artículo 33 - LIF
Párrafo 1
Cuando de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se modifique la denominación de alguna dependencia o entidad o las existentes desaparezcan, se entenderá que los ingresos estimados para estas en la presente Ley corresponderán a las dependencias o entidades cuyas denominaciones hayan cambiado o que absorban las facultades de aquellas que desaparezcan, según corresponda.