Titulo TRECE BIS › Capitulo III - Del Procedimiento para la Selección de Conciliadores
Artículo 684-O - LFT
Párrafo 1
El Órgano de Gobierno del Centro de Conciliación, a propuesta del titular de ésta, aprobará la emisión de la convocatoria, que deberá contener:
Fraccion I
I. El número de publicación;
Fraccion II
II. El número de plazas sujetas a concurso;
Fraccion III
III. El lugar y las fechas que comprenderán las etapas del procedimiento;
Fraccion IV
IV. Los documentos que deberán acompañarse a la solicitud de inscripción al procedimiento, que serán:
Inciso a
a) Formato de inscripción, que se pondrá a disposición en las instalaciones del Centro de Conciliación y en su portal de Internet;
Inciso b
b) Currículum vitae actualizado del aspirante, acompañado con los documentos que soporten la información;
Inciso c
c) Copia certificada del acta de nacimiento;
Inciso d
d) Copia del Título y de la cédula profesional;
Inciso e
e) Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifieste encontrarse en pleno goce de sus derechos, y
Inciso f
f) Comprobante de domicilio.
Fraccion V
V. El material de apoyo que podrán consultar los participantes en las distintas fases, y
Fraccion VI
VI. El formato de Conocimiento y Aceptación de las Bases y Lineamientos del Concurso de Selección, en el que el solicitante manifieste que es sabedor de los requisitos de la inscripción, las reglas del procedimiento y su conformidad con ellos.