LFT ley laboral Titulo ONCE - Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales › Capitulo IV - Del Servicio Nacional de Empleo Artículo 537 - LFT Párrafo 1 El Servicio Nacional de Empleo tendrá los siguientes objetivos: Fraccion I I. Estudiar y promover la operación de políticas públicas que apoyen la generación de empleos; Fraccion II II. Promover y diseñar mecanismos para el seguimiento a la colocación de los trabajadores; Fraccion III III. Organizar, promover y supervisar políticas, estrategias y programas dirigidos a la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores; Fraccion IV IV. Registrar las constancias de habilidades laborales; Fraccion V V. Vincular la formación laboral y profesional con la demanda del sector productivo; Fraccion VI VI. Diseñar, conducir y evaluar programas específicos para generar oportunidades de empleo para jóvenes y grupos en situación vulnerable; y Fraccion VII VII. Coordinar con las autoridades competentes el régimen de normalización y certificación de competencia laboral. Artículo reformado DOF 28-04-1978, 30-11-2012