LFT
ley
laboral
Titulo ONCE - Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales › Capitulo II - Competencia constitucional de las autoridades del trabajo
Artículo 529 - LFT
Párrafo 1
Párrafo 2
Fraccion I
Fraccion II
II. Participar en la integración y funcionamiento del respectivo Consejo Consultivo Estatal del Servicio Nacional de Empleo;
Fracción reformada DOF 30-11-2012
Fraccion III
III. Participar en la integración y funcionamiento de la correspondiente Comisión Consultiva Estatal de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Fracción reformada DOF 30-11-2012
Fraccion IV
IV. Reportar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social las violaciones que cometan los patrones en materia de seguridad e higiene y de capacitación y adiestramiento e intervenir en la ejecución de las medidas que se adopten para sancionar tales violaciones y para corregir las irregularidades en las empresas o establecimientos sujetos a jurisdicción local;
Fraccion V
Fracción reformada DOF 30-11-2012