LFT
ley
laboral
Titulo NOVENO - Riesgos de Trabajo › Capitulo UNICO
Artículo 512-F - LFT
Párrafo 1
Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en la promoción, aplicación y vigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, cuando se trate de empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la jurisdicción local.
Párrafo reformado DOF 30-11-2012