Titulo OCTAVO - Huelgas › Capitulo I - Disposiciones generales
Artículo 450 - LFT
Párrafo 1
La huelga deberá tener por objeto:
Fraccion I
I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
Fraccion II
II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;
Fraccion III
III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;
Fraccion IV
IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;
Fraccion V
V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
Fraccion VI
VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y
Fraccion VII
VII. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículo 399 bis y 419 bis.