Titulo SEGUNDO - Control de aduana en el despacho › Capitulo I - Entrada, salida y control de mercancías
Artículo 12 - LA
Párrafo 1
Las personas que tengan conocimiento de accidentes ocurridos a medios de transporte que conduzcan mercancías de comercio exterior, deberán dar aviso de inmediato a las autoridades aduaneras y poner a su disposición las mercancías, si las tienen en su poder.