CPEUM
codigo
constitucional
Titulo PRIMERO › Capitulo IV - De los Ciudadanos Mexicanos
Artículo 36 - CPEUM
Fraccion I
Párrafo 3
La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley,
Fracción reformada DOF 06-04-1990
Fraccion II
Fracción reformada DOF 26-03-2019
Fraccion III
III. Votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley;
Fracción reformada DOF 22-08-1996, 09-08-2012, 20-12-2019