CFF
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fiscal
Titulo CUARTO - De las Infracciones y Delitos Fiscales › Capitulo I - De las infracciones
Artículo 71 - CFF
Párrafo 1
Son responsables en la comisión de las infracciones previstas en este Código las personas que realicen los supuestos que en este Capítulo se consideran como tales así como las que omitan el cumplimiento de obligaciones previstas por las disposiciones fiscales, incluyendo a aquellas que lo hagan fuera de los plazos establecidos.